Estatutos


1.- La peña "iPeña" es una asociación lúdica y sin ánimo de lucro para sus miembros.

2.- El objeto social de "iPeña" es fomentar las relaciones sociales entre sus miembros así como participar y colaborar en la celebración de las fiestas patronales de Cobeña.

3.- La peña es autosuficiente en recursos. Se consideran activos propiedad de la peña todas las aportaciones monetarias de sus miembros, todos los bienes materiales adquiridos con recursos de la peña y todos los bienes donados a "iPeña" sea cual sea su procedencia. Asimismo, se consideran activos propiedad de la peña todos aquellos bienes inmateriales (logo, nombre, etc.) derivados de la actividad desarrollada a lo largo de la vida activa de la peña.

4.- Se consideran miembros fundadores de la peña aquellas personas que crearon "iPeña" en septiembre de 2011. Asimismo, tendrán los mismos derechos que un miembro fundador, aquellas personas que hayan sido miembros componentes durante al menos 2/3 de los años de actividad de la peña. Se consideran miembros componentes de la peña durante la celebración de las fiestas de un año concreto, todas aquellas personas que hagan efectivo el importe establecido como cuota de la peña para dicho año.

5.- El órgano de gobierno y gestión de "iPeña" es la Comisión. La Comisión estará formada por 2 miembros de la peña. El cargo de miembro de la Comisión será vigente durante 1 año corriente, a partir del 1 de abril y hasta el año siguiente.

6.- La Comisión será elegida por todos los miembros componentes de la peña el día 25 de marzo a las 13 de la mañana en la plaza del pueblo, por el procedimiento de votación vocal. Cada miembro componente podrá votar hasta un máximo de 2 personas. Las 2 personas que hayan obtenido más votos, serán la Comisión del año siguiente. Los miembros componentes que prevean no poder estar en la plaza de la Villa en el momento de la votación, podrán dejar su voto anticipadamente a cualquier miembro de la Comisión. Todos los votos que no se ajusten a este procedimiento serán considerados nulos.

7.- Ningún miembro de la Comisión podrá dimitir. En el supuesto que un miembro de la Comisión prevea no estar presente en Cobeña durante las fiestas patronales, tiene la obligación de delegar sus responsabilidades en el miembro componente que considere apropiado.

8.- Serán funciones y obligaciones de la Comisión organizar la peña para la celebración de las fiestas patronales. Dicha responsabilidad implica:

  a) Coordinar a los miembros de la peña.

  b) Proponer y desarrollar iniciativas para la mejora de la peña.

  c) Gestionar los recursos.

  d) Informar sobre los acontecimientos e iniciativas propuestas.

  e) Someter a votación las decisiones importantes para la peña.

  f) Elaborar los presupuestos.

  g) Rendir cuentas a los miembros componentes presentes de la peña antes de que entre en vigencia la nueva Comisión.

  h) Responsabilizarse de cumplir los horarios de cierre y apertura de la peña, así como de la tenencia de llaves, en el caso de que se nos ceda un local, que deberá estar en manos de la Comisión o, en su defecto, de cualquier otro miembro de la peña.

La actuación de la Comisión debe ir siempre en beneficio de la peña como comunidad y nunca en beneficio de intereses individuales.

9.- Las decisiones de la peña "iPeña", se clasifican en:

  a) Decisiones relativas al largo plazo (afectan a la peña en periodos superiores a 1 año): Estas decisiones serán siempre tomadas por los miembros fundadores y se llevarán a cabo siempre y cuando sean aprobadas por mayoría 2/3.

  b) Decisiones relativas al corto plazo (afectan a la peña en periodos inferiores a 1 año): Estas decisiones serán tomadas por los miembros componentes de la peña y serán llevadas a cabo siempre y cuando sean aprobadas por mayoría simple. En el supuesto que los miembros componentes no hayan sido todavía determinados, estas decisiones las tomarán los miembros fundadores.

10.- Se considerarán decisiones importantes a corto plazo las relativas a:

  a) Valor económico de las diferentes partidas que componen el presupuesto.

  b) Comidas y bebidas que se comprarán para la peña en dicho ejercicio.

  c) Decisiones relativas a la ubicación de la peña y al funcionamiento de la misma durante la celebración de las fiestas patronales (horarios de apertura y cierre, invitaciones, etc.)

11.- La aceptación de nuevos miembros de la peña "iPeña" se considerará decisión a largo plazo y por tanto, se regirá por las normas referentes a este tipo de decisiones. La votación de esta decisión será secreta.

12.- Se podrá expulsar a un miembro de la peña en cualquier momento. Serán motivos de expulsión:

  a) El no cumplimiento de los estatutos.

  b) Atentar contra los bienes materiales e inmateriales de la peña.

  c) Agredir físicamente a un miembro de la peña.

La expulsión de un miembro de la peña se considerará una decisión a largo plazo, por lo que se regirá por las normas referentes a este tipo de decisiones. La votación de este tipo de decisiones será secreta.

13.- La modificación de los estatutos se considerará una decisión a largo plazo, por lo que se regirá por las normas referentes a este tipo de decisiones.

14.- La firma de estos estatutos supone la aceptación de los mismos en todas sus partes.





FIRMA:
iPeña