1.- La peña
"iPeña" es una asociación lúdica y sin ánimo de lucro para sus
miembros.
2.- El
objeto social de "iPeña" es fomentar las relaciones sociales entre
sus miembros así como participar y colaborar en la celebración de las fiestas
patronales de Cobeña.
3.- La peña
es autosuficiente en recursos. Se consideran activos propiedad de la peña todas
las aportaciones monetarias de sus miembros, todos los bienes materiales
adquiridos con recursos de la peña y todos los bienes donados a
"iPeña" sea cual sea su procedencia. Asimismo, se consideran activos
propiedad de la peña todos aquellos bienes inmateriales (logo, nombre, etc.)
derivados de la actividad desarrollada a lo largo de la vida activa de la peña.
4.- Se
consideran miembros fundadores de la peña aquellas personas que crearon
"iPeña" en septiembre de 2011. Asimismo, tendrán los mismos derechos
que un miembro fundador, aquellas personas que hayan sido miembros componentes
durante al menos 2/3 de los años de actividad de la peña. Se consideran
miembros componentes de la peña durante la celebración de las fiestas de un año
concreto, todas aquellas personas que hagan efectivo el importe establecido
como cuota de la peña para dicho año.
5.- El
órgano de gobierno y gestión de "iPeña" es la Comisión. La Comisión
estará formada por 2 miembros de la peña. El cargo de miembro de la Comisión
será vigente durante 1 año corriente, a partir del 1 de abril y hasta el año
siguiente.
6.- La
Comisión será elegida por todos los miembros componentes de la peña el día 25
de marzo a las 13 de la mañana en la plaza del pueblo, por el procedimiento de
votación vocal. Cada miembro componente podrá votar hasta un máximo de 2
personas. Las 2 personas que hayan obtenido más votos, serán la Comisión del
año siguiente. Los miembros componentes que prevean no poder estar en la plaza
de la Villa en el momento de la votación, podrán dejar su voto anticipadamente
a cualquier miembro de la Comisión. Todos los votos que no se ajusten a este
procedimiento serán considerados nulos.
7.- Ningún
miembro de la Comisión podrá dimitir. En el supuesto que un miembro de la
Comisión prevea no estar presente en Cobeña durante las fiestas patronales,
tiene la obligación de delegar sus responsabilidades en el miembro componente
que considere apropiado.
8.- Serán
funciones y obligaciones de la Comisión organizar la peña para la celebración
de las fiestas patronales. Dicha responsabilidad implica:
a)
Coordinar a los miembros de la peña.
b)
Proponer y desarrollar iniciativas para la mejora de la peña.
c)
Gestionar los recursos.
d)
Informar sobre los acontecimientos e iniciativas propuestas.
e)
Someter a votación las decisiones importantes para la peña.
f)
Elaborar los presupuestos.
g)
Rendir cuentas a los miembros componentes presentes de la peña antes de que
entre en vigencia la nueva Comisión.
h)
Responsabilizarse de cumplir los horarios de cierre y apertura de la peña, así
como de la tenencia de llaves, en el caso de que se nos ceda un local, que
deberá estar en manos de la Comisión o, en su defecto, de cualquier otro
miembro de la peña.
La actuación
de la Comisión debe ir siempre en beneficio de la peña como comunidad y nunca
en beneficio de intereses individuales.
9.- Las
decisiones de la peña "iPeña", se clasifican en:
a)
Decisiones relativas al largo plazo (afectan a la peña en periodos superiores a
1 año): Estas decisiones serán siempre tomadas por los miembros fundadores y se
llevarán a cabo siempre y cuando sean aprobadas por mayoría 2/3.
b)
Decisiones relativas al corto plazo (afectan a la peña en periodos inferiores a
1 año): Estas decisiones serán tomadas por los miembros componentes de la peña
y serán llevadas a cabo siempre y cuando sean aprobadas por mayoría simple. En
el supuesto que los miembros componentes no hayan sido todavía determinados,
estas decisiones las tomarán los miembros fundadores.
10.- Se
considerarán decisiones importantes a corto plazo las relativas a:
a)
Valor económico de las diferentes partidas que componen el presupuesto.
b)
Comidas y bebidas que se comprarán para la peña en dicho ejercicio.
c)
Decisiones relativas a la ubicación de la peña y al funcionamiento de la misma
durante la celebración de las fiestas patronales (horarios de apertura y
cierre, invitaciones, etc.)
11.- La
aceptación de nuevos miembros de la peña "iPeña" se considerará
decisión a largo plazo y por tanto, se regirá por las normas referentes a este
tipo de decisiones. La votación de esta decisión será secreta.
12.- Se
podrá expulsar a un miembro de la peña en cualquier momento. Serán motivos de
expulsión:
a)
El no cumplimiento de los estatutos.
b)
Atentar contra los bienes materiales e inmateriales de la peña.
c)
Agredir físicamente a un miembro de la peña.
La expulsión
de un miembro de la peña se considerará una decisión a largo plazo, por lo que
se regirá por las normas referentes a este tipo de decisiones. La votación de
este tipo de decisiones será secreta.
13.- La
modificación de los estatutos se considerará una decisión a largo plazo, por lo
que se regirá por las normas referentes a este tipo de decisiones.
14.- La
firma de estos estatutos supone la aceptación de los mismos en todas sus
partes.
FIRMA:
iPeña
iPeña